Contar con un Seguro de Vida te permite estar tranquilo, proteger el futuro y bienestar de tus hijos, para que disfruten cada momento de su vida.
En caso de eventos inesperados como una incapacidad total o parcial.
En caso de hospitalización por accidente o enfermedad.
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La compañía pagará al beneficiario, el valor pactado, en caso de muerte del asegurado durante la vigencia de la póliza.
Se cubre el suicidio y VIH/SIDA después del primer (1) año de vigencia de la póliza. Se cubre la muerte natural y el homicidio tanto culposo como doloso, a partir del primer (1) día de vigencia.
También se cubre la muerte accidental del asegurado.
Cubre toda incapacidad total y permanente generada por una pérdida de la capacidad funcional del asegurado, superior al 50%, este deberá ser certificado por una calificación regional o nacional.
MetLife pagará al asegurado en caso de que este sea hospitalizado como consecuencia de un accidente ocurrido durante la vigencia del presente seguro, o por enfermedad no preexistente el valor asegurado mencionado por cada día de internación hospitalaria.
Cualquier anomalía, enfermedad, patología o lesiones que se hayan manifestado antes de la fecha de iniciación de la vigencia.
El suicidio o tentativa antes del primer año de vigencia del seguro.
SIDA/VIH antes del primer año de vigencia del seguro.
Participación en prácticas o competencias deportivas de alto riesgo.
Cuando el asegurado viaje en una aeronave que no sea de una aerolínea comercial.
Participación en peleas o riñas, salvo que se trate de legítima defensa, así como la comisión de cualquier delito u otro acto contrario a la ley.
Cirugía plástica o cosmética, así como los tratamientos y procedimientos con fines estéticos.
Cualquier trastorno mental o nervioso.
Cuando el accidente se origine o cause por encontrarse el asegurado bajo la influencia de bebidas embriagantes o drogas.
Otras exclusiones expuestas en el clausulado del producto.
Edad mínima de ingreso: 18 años.
Edad máxima de ingreso: 64 años y 364 días.
Edad máxima de permanencia 69 y 364 días.
Se debe realizar declaración de asegurabilidad.
*Aplica únicamente para medio de pago CMR. El asegurado debe ser el titular
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Este tipo de seguros te permiten protegerte económicamente ante algún evento que vulnere tu salud y como consecuencia puedas fallecer o sufrir una invalidez que te impida continuar con tus labores diarias. Existen muchos tipos de Seguros de Vida, pero en general te permiten a ti, a tus familiares o en otros casos a tus acreedores contar con un respaldo económico en caso que tu faltes o no puedas generar ingresos como consecuencia de invalidez.
En primera instancia debes identificar cuál es el riesgo específico que deseas cubrir, por ejemplo, si es el futuro de tus hijos en caso de que tu faltes o proteger tu vida en caso de que sufras una invalidez o seas diagnosticado con una enfermedad grave, entre otros. Posteriormente debes buscar de acuerdo con tus necesidades que productos existen en el mercado, asimismo identificar los requisitos de contratación que tienen estos seguros como la edad de ingreso y de permanencia, en algunos casos se requiere que la persona no haya tenido una enfermedad grave como cáncer para poder tomar estos seguros. Por último, teniendo la variedad de seguros que encuentras en el mercado debes escoger la opción que más se acomode a tus necesidades tanto en términos de lo que los seguros cubren, lo que excluyen, los beneficios que puedes tener por contratar el seguro tales como asistencias y el valor que debes pagar por el mismo.
En general puedes designar a cualquier persona para que sea beneficiario del seguro que adquieras, no es necesario que sean sólo familiares tuyos.
El beneficiario es la persona que recibe el dinero en caso de muerte del asegurado. el acreedor es quien tiene derecho a pedir que se cumpla una obligación, especialmente que se le pague una deuda.
Tenemos para ti dos fuentes de información: el contrato del seguro que recibes en físico o en tu correo electrónico y en el clausulado general que lo puedes encontrar en tu contrato del seguro, en la página de la Superintendencia Financiera de Colombia y en la página web de la Agencia de Seguros Falabella.